martes, 25 de junio de 2013

“SE LLEVA” SER EMOCIONALMENTE INTELIGENTE


Hemos tenido la oportunidad de compartir con los alumnos y alumnas de 3º de ESO del I.E.S “Alcalá Galiano” un par de sesiones del Taller de Inteligencia Emocional, y es que aunque es algo de lo que siempre se han caracterizado unas personas más que otras, ahora, afortunadamente, se está tratando más desde edades más tempranas, con el objetivo de que conociendo mejor nuestras reacciones emocionales podamos sentirnos mejor con nosotr@s mism@s y además estar más motivados para las tareas que tengamos entre manos, estudiar, trabajar, etc…
La inteligencia emocional nos proporciona herramientas para poder expresarnos, para poder descifrar nuestras emociones y perder nuestros miedos a ser como somos y a decir lo que queremos decir.

"Quería decirte las palabras más hondas que te tengo que decir, pero no me atrevo, no vayas tú a reírte. Por eso me río de mí mismo y desahogo en bromas mi secreto. Sí, me estoy burlando de mi dolor, para que no te burles tú.
Quería decirte las palabras más verdaderas que tengo que decirte, pero no me atrevo, no vayas a no creerme. Por eso las disfrazo de mentira y te digo lo contrario de lo que te quisiera decir. Sí, hago absurdo mi dolor, no vaya a hacerlo tú.
Quisiera decirte las palabras más ricas que guardo para ti, pero no me atrevo, porque no vas a pagarme con las mejores tuyas. Por eso te nombro duramente y hago alarde despiadado de osadía. Sí, te maltrato, de miedo a que no comprendas mi dolor"

(Rabindranath Tagore)

Pilar Cobo, Psicóloga Asesoría Salud Joven

viernes, 21 de junio de 2013

YA TE PUEDES INSCRIBIR EN LAS ACTIVIDADES DE VERANO JOVEN


La Delegación de Juventud del Ayuntamiento de Cabra ha presentado las actividades de la campaña Verano Joven 2013. Ya te puedes inscribir en las dos decenas de actividades que se han puesto en marcha para que hagas este año un verano diferente y divertido. Te esperamos en la Casa de la Juventud.


lunes, 17 de junio de 2013

VERANO JOVEN 2013


En los próximos días presentamos las actividades de Verano Joven 2013, organizadas por la Delegación de Juventud del Ayuntamiento de Cabra. Tendrás toda la información en las redes sociales, nuestro blog y en la Casa de la Juventud. ¡¡Te esperamos!!

miércoles, 5 de junio de 2013

MEDIDAS DE CREACIÓN DE EMPLEO Y FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO


MEDIDAS DE CREACIÓN DE EMPLEO Y FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO
DECRETO
LEY 8/2013, de 28 de mayo, de Medidas de Creación de Empleo y Fomento del Emprendimiento.
Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

OBJETO
: Establecer medidas urgentes para la creación de empleo y fomento del emprendimiento.
Asimismo, se regula y se convoca para el año 2013, la concesión de subvenciones de las siguientes líneas de ayuda:
  1. Programa Bono de Empleo Joven.
  2. Programa de Apoyo y Fomento del Trabajo Autónomo.
  3. Programa de Apoyo a la Economía Social.
  4. Programa de Becas de Internacionalización para técnicos superiores de FP.
Además se contemplan las siguientes líneas de actuación:
  1. Iniciativa estratégica a favor de los territorios especialmente afectados por el desempleo.
  2. Acción de Fomento de las Personas Emprendedoras.
  3. Línea de acción preferente a personas desempleadas mayores de 45 años procedentes de ERE del sector industrial.
PROGRAMA BONO EMPLEO JOVEN
Objeto
: Fomentar la obtención de empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas jóvenes andaluzas que estén en posesión de:
  1. Título universitario
  2. Título d F.P. de grado medio o superior
  3. Título de ESO procedente de Beca Segunda Oportunidad Educativa
Este bono se hará efectivo a la empresa o entidad beneficiaria cuando se formalice el contrato de trabajo.
Solicitantes:
Personas físicas que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
Vecindad en Andalucía
Entre 18
35 años, ambos inclusive
No estar inscrito en situación de alta en la TGSS, ni en general estar desempeñando ningún trabajo retribuido por cuenta ajena.
Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones, obtenidas en de los
3 años anteriores:
  1. Título universitario oficial o título superior equivalente de enseñanzas artísticas superiores.
  2. Título de técnico o técnico superior de FP o título de técnico o técnico superior en artes plásticas y diseño o enseñanzas deportivas.
  3. Título de Graduado en ESO obtenido a través del Programa de Segunda Oportunidad Educativa.
Número de Bonos: 3125
, distribuidos proporcionalmente según los grupos de titulación.
Cuantía
: 4.800 €distribuidos en 12 mensualidades (400 €mes) pagaderos por mensualidades vencidas por transferencia bancaria.
(Cto. laboral a jornada completa)
Compatibilidad:
Compatibles con los incentivos a la contratación.
Solicitudes
y documentación:
  1. Modelo de solicitud.
  2. Certificado de expediente académico
  3. Certificado acreditativo pertenencia a colectivos preferentes, en su caso:
  4. Libro de familia
Plazo de resolución y publicación:
3 meses.
Criterios de valoración
  1. Expediente académico: hasta 4 puntos
  2. Pertenencia a colectivos preferentes: hasta 2 puntos
  3. Inscripción como demandante de empleo/ IPI: hasta 2 puntos
  4. Zonas de especial atención para el empleo: hasta 2 puntos
  5. Derechos de los beneficiarios:
    1. Contrato laboral a jornada completa en grupo de cotización correspondiente a su formación
    2. Bonificación de 400 €mensuales durante 12 meses. (4.800 €
    3. En caso de extinción de la relación laboral por causa no imputable al beneficiario, éste contará con un plazo de 3 meses para formalizar una nueva contratación por el tiempo que le reste hasta los 12 meses.
    4. Obligaciones de las empresas o entidades contratantes
      (empresas, autónomos y entidades sin ánimo de lucro):
      1. Puesto de trabajo creado ha de suponer un incremento neto de la plantilla respecto a los 6 meses anteriores a la fecha de contratación.
      2. Prohibición de alterar las condiciones laborales y retribuciones salariales del grupo profesional del trabajador según el convenio sectorial o de empresa que le sea de aplicación.
      3. Requisitos del contrato:
        1. Duración mínima 12 meses
        2. A jornada completa y en grupo de cotización correspondiente a la titulación.
        3. Desarrollo de actividad en centros de trabajo ubicados en Andalucía
        4. Concertarse por tiempo indefinido, salvo
        5. Primer contrato empleo joven
        6. Contrato indefinido de apoyo a emprendedores
        7.  
          1. Se podrán utilizar los contratos formativos que podrán ser transformados en indefinidos durante su vigencia. Compatibles con los incentivos a la contratación.
          Plazo de Formalización de las contrataciones
          : Del 01/06/2013 al 20/11/2013
          Incentivos a la contratación
          : Una vez finalizado el periodo de 12 meses.
          Finalidad: Fomento estabilidad en el empleo.
          PROGRAMA DE APOYO Y FOMENTO DEL TRABAJO AUTONOMO
          Objeto:
          Promover y desarrollar un tejido productivo innovador, creativo, competitivo y generador de empleo estable en el Trabajo Autónomo a través de un conjunto integral de líneas de actuación dirigidas a
          1. crear más empresas y empleo,
          2. consolidar y fortalecer el sector y
          3. desarrollo de la cultura y la actividad emprendedora en el autoempleo.
          Beneficiarios:
          trabajadoras y trabajadores autónomos: las personas físicas que ejercen una actividad económica de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia, dando o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena y con residencia y domicilio fiscal en Andalucía.
          Exclusiones:
          Autónomos 􀂃Condenados por ST judicial firme por incumplimiento de la normativa en Prevención de RRLL en los 3 años anteriores a la apertura de la convocatoria. 􀂃Condenados por ST judicial firme por despido improcedente o nulo en el año anterior a la apertura de la convocatoria. 􀂃Que hayan recibido una subvención para la misma finalidad en los 3 años anteriores a la apertura de la convocatoria. o Medida de apoyo a la contratación indefinida o Medida de apoyo a las transformaciones de contratos temporales en indefinidos.
          Líneas del Programa
          1. Línea 1. Creación de empleo en el trabajo autónomo.
          2. Línea 2. Consolidación de empleo en el trabajo autónomo.
          3. Línea 3. Creación de empresas de trabajo autónomo.
          4. Línea 4. Consolidación empresarial del trabajo autónomo.
          5. Línea 5. Fomento de la innovación en el trabajo autónomo.
          6. Línea 6. Promoción del trabajo autónomo.
          7. Compatibilidad
            :
            1. Línea 5 será incompatible con las líneas 1, 2 y 3.
            2. Líneas 1, 2 y 5 serán incompatibles con las ayudas de la Orden de 21 de julio de 2005 (incentivos a la contratación)
            Línea 1: Creación de Empleo en el Trabajo Autónomo
            Objeto
            : Fomentar la creación de empleo estable mediante el apoyo a
            1. la contratación por tiempo indefinido ordinaria
            2. la contratación de duración determinada para promover la conciliación para sustituir tanto a las personas trabajadoras autónomas como a las que trabajen por cuenta ajena para ellas.
            Riesgo durante el embarazo
            Periodos de descanso por maternidad, incluido el supuesto de cesión inicial al otro progenitor de dicho periodo de suspensión
            Adopción o acogimiento peradoptivo.
            Requisitos de los trabajadores contratados
            1. Menores de 35 años
            2. Desempleados inscritos en el SAE (salvo en el caso del contrato de sustitución por maternidad si es la misma persona que se contrató por riesgo durante el embarazo.
            3. Las contrataciones se deberán haber formalizado en el momento de la presentación de la solicitud.
            4. Requisitos específicos de los contratos indefinidos
              1. Han de suponer un incremento de la plantilla respecto al mes natural anterior.
              2. Beneficiarios no deben haber tenido vínculo laboral anterior.
              3. los beneficiarios no deben haber celebrado con anterioridad contrataciones por tiempo indefinido ordinario incentivadas siempre y cuando superen, en su conjunto, el número máximo de contrataciones por tiempo indefinido ordinario a incentivar.
              4. Cuantías
                (adaptación proporcional a contrataciones a tiempo parcial).
                Contrato indefinido a jornada completa:
                3.000 €
                Contrato interinidad por riesgo durante el embarazo a jornada completa:
                Hasta 3.000€por un periodo de 8 meses.
                Contrato interinidad por maternidad a jornada completa
                : Hasta 1.500€por un periodo de 16 semanas.
                Línea 2: Consolidación de empleo en el trabajo autónomo.
                Objeto:
                Fomentar y consolidar el empleo estable a través del apoyo a las transformaciones de contratos de duración determinada en contratos de tiempo indefinido ordinario.
                1. hasta un máximo de 3
                2. deben suponer un incremento de la plantilla contratada con carácter indefinido respecto del mes natural anterior a la formalización de los mismos.
                Cuantía:
                3.000€por cada transformación, si es a jornada completa. (adaptación proporcional si es a tiempo parcial)
                Línea 3: Creación de empresas de trabajo autónomo.
                Objeto:
                impulsar la puesta en marcha de unidades económicas de trabajo autónomo, mediante subvenciones para el inicio de la actividad, con medidas destinadas a:
                a) Personas que se establezcan como trabajadoras autónomas, bien sea por primera vez o que en los últimos cinco años no hayan estado dadas de alta en el RETA
                b) Personas que han capitalizado la prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
                Beneficiarios:
                1. Para la
                medida destinada a personas que se establecen como trabajadoras autónomas, aquellas que cumplan los siguientes requisitos:
                1º. Para los que se dan de alta por primera vez, estar dado de alta, en el régimen especial de trabajadores autónomos en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo que se establezca en la resolución de concesión y, como máximo, desde el 1 de enero de 2013.
                2º. Para aquellos casos en los que en los últimos cinco años no hayan estado dadas de alta en el RETA deberá producirse en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo que se establezca en la resolución de concesión y, como máximo, desde el 1 de enero de 2013.
                3º. Disponer de un
                plan de viabilidad de la actividad proyectada, técnica, económica y financieramente favorable suscrito por personal técnico de la Red Territorial de Apoyo a Emprendedores. Para su elaboración se podrá contar con la asistencia del personal técnico de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo.
                2.
                Para la medida destinada a personas que han capitalizado la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, aquellas que en el momento de la presentación de la solicitud o en el plazo que se establezca en la resolución de concesión y, como máximo, desde el 1 de enero de 2013, tengan reconocida la prestación por desempleo de nivel contributivo en su modalidad de pago único por la cuantía total, se hayan establecido como personas trabajadoras autónomas y se encuadren en alguno de los siguientes supuestos:
                1. Tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
                2. Sean hombres jóvenes de hasta 30 años de edad o mujeres jóvenes hasta 35 años, ambos inclusive, considerándose la edad en la fecha de la solicitud de la prestación por desempleo de nivel contributivo en su modalidad de pago único.
                Cuantía
                :
                1. Establecimiento: 2.000 €
                2. Pago único: 50% de la cuota mínima por el tiempo durante el tiempo en el que se hubiera percibido la prestación por desempleo de no haberse capitalizado en su modalidad de pago único.
                Línea 4: Consolidación empresarial del trabajo autónomo
                Objeto:
                Desarrollar y fortalecer el tejido empresarial andaluz del trabajo autónomo, mediante el impulso de su consolidación y continuidad, e incorporando en sus estructuras comerciales, productivas y de gestión, factores de innovación, creatividad, competitividad y desarrollo mediante la cooperación empresarial, apoyando la creación, implantación y desarrollo de proyectos de colaboración entre dos o más personas trabajadoras autónomas para la realización de actividades empresariales o profesionales conjuntas que mejoren la posición y competitividad de las mismas en el mercado destinada a la constitución de una empresa, las nuevas unidades económicas empresariales que, con personalidad jurídica propia, se constituyan como consecuencia de un proyecto de cooperación entre dos o más personas trabajadoras autónomas
                Beneficiarios:
                1. Que tenga domicilio social y fiscal en Andalucía.
                2. Que sea de nueva creación, entendiéndose como tal, toda unidad económica empresarial que en el momento de la presentación de la solicitud no lleve más de un año constituida, o que se constituya en el plazo que establezca la resolución de concesión. El acto de creación se producirá con la firma de la correspondiente escritura pública.
                3. Que inicie su actividad, al menos, dentro los seis meses anteriores al momento de la presentación de la solicitud o en, su caso, en el plazo que establezca la resolución de concesión.
                4. Conceptos subvencionables
                  : La constitución de una empresa, por dos o más personas trabajadoras autónomas, para la realización de una actividad empresarial o profesional conjunta que consolide su posición y competitividad en el mercado.
                  Gastos subvencionables
                  1. Gastos derivados de la solicitud de primera denominación social al Registro Mercantil Central,
                  2. aranceles notariales y registrales para la constitución de la empresa
                  3. la tasa de solicitud de registro en la OEPM, por la primera marca o nombre comercial a nivel nacional y la primera clase,
                  4. aquellos otros necesarios para dicha constitución.
                  5. Cuantía:
                    hasta el 100% de los gastos de constitución, con un tope máximo de 1.000 €
                    Línea 5. Fomento de la innovación en el trabajo autónomo
                    Objeto
                    : apoyar la creación o consolidación de unidades económicas de trabajo autónomo, sociedades civiles o comunidades de bienes que, promovidas por personas tituladas universitarias, implanten o desarrollen proyectos innovadores, mediante el bonoinnovación en el trabajo autónomo.
                    Beneficiarios:
                    personas tituladas universitarias que, con el fin de implantar y desarrollar un proyecto innovador, pongan en marcha una unidad económica de trabajo autónomo, sociedad civil o comunidad de bienes, o hayan venido realizando una actividad económica como tal, y cumplan los siguientes requisitos:
                    a) Estar dado de alta en el RETA o en la mutualidad que legal o estatutariamente le corresponda en el momento de la presentación de la solicitud.
                    Para el caso que revistan la forma jurídica de sociedad civil o comunidad de bienes, dicho requisito será extensible a todos los miembros de la misma.
                    b) Disponer de un plan de viabilidad de la actividad proyectada, técnica, económica y financieramente favorable suscrito por personal técnico de la Red Territorial de Apoyo a Emprendedores. Para su elaboración se podrá contar con la asistencia del personal técnico de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo, de carácter intersectorial inscritas.
                    Conceptos subvencionables
                    : implantación y el desarrollo de proyectos innovadores que se promuevan por las personas beneficiarias para su establecimiento como persona trabajadora por cuenta propia o para la consolidación de la actividad económica que hayan venido realizando como tal.
                    Proyectos innovadores:
                    aquellos que tengan por objeto la explotación de nuevas ideas o la aplicación original del conocimiento, creando ventajas competitivas para responder con éxito empresarial o comercial a las demandas del mercado, bien en innovación de productos, desarrollando nuevas formas de producción/distribución, la implantación o perfeccionamiento del marketing o la aplicación de nuevos métodos de organización y gestión.
                    Gastos subvencionables
                    a) El inicio de la actividad de la persona o entidad beneficiaria que promueve el proyecto innovador. En concreto, los derivados del alta en el RETA cuando se trate de un nuevo establecimiento.
                    Nuevo establecimiento
                    , la puesta en marcha de una unidad económica de trabajo autónomo, sociedad civil o comunidad de bienes que, como máximo, se haya producido en el año anterior a la fecha de la apertura de la convocatoria.
                    b) La contratación por tiempo indefinido ordinario y la transformación de contratos de duración determinada en contratos por tiempo indefinido ordinario, hasta un máximo de 3, realizadas por la persona o entidad beneficiaria en el marco del proyecto innovador y siempre que no hubiera recibido en los 3 años anteriores, una subvención para la misma finalidad.
                    c) Bienes de equipo.
                    d) Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general.
                    e) Adquisición y tratamiento de software.
                    f) Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes, licencias de
                    explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados.
                    g) Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados anteriores, necesarios para
                    el proyecto.
                    h) Servicios externos iniciales de alojamiento de plataformas web. Servicios que permitan a las entidades disponer de un sistema por el que los usuarios de internet puedan acceder a información, imágenes, vídeo, o cualquier contenido accesible vía web.
                    i) Capacitación específica en sistemas y herramientas de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) implantadas en la empresa.
                    j) Diseño de productos, envases y embalajes, maquetas, prototipos y modelos que no puedan ser considerados de I+D+i.
                    k) Implantación de estrategias de comunicación y de imagen de la empresa.
                    l) Implantación y/o certificación de sistemas de gestión.
                    m) Servicios externos para la integración de los sistemas de información internos que soportan procesos de negocio tradicionales, con los sistemas que relacionan a las entidades con su entorno exterior, clientes, proveedores y empleados.
                    n) Aplicación de mejoras en materia de reingeniería de procesos, incorporación de nuevas tecnologías detectadas en diagnósticos, estudios y análisis previos.
                    ñ) Registros de dominios, de patentes y marcas comerciales destinadas a la promoción comercial.
                    o) Realización de material de promoción, confección y edición de catálogos, folletos o cartelería.
                    Cuantía:
                    a)
                    2.000€para aquellos que hayan creado una unidad económica de trabajo autónomo o se integren en una sociedad civil o comunidad de bienes.
                    b)
                    Hasta 8.000€para la implantación y desarrollo del proyecto de innovación, en función de la inversión prevista presentada.
                    c)
                    3.000€por cada nueva contratación por tiempo indefinido ordinario o transformaciones de contratos de duración determinada en contratos por tiempo indefinido ordinario, a jornada completa y hasta un máximo de tres contrataciones indefinidas o transformaciones de contratos.
                    Cuando lo sea a tiempo parcial, la cuantía se adaptará proporcionalmente a la jornada de trabajo resultante, sin que en ningún supuesto ésta pueda ser inferior a 20 horas semanales o su promedio en cómputo anual.
                    OTRAS INICIATIVAS DE ACTUA CIÓN
                    Acción de Fomento de las Personas Emprendedoras.
                    1. Se destinan cien millones de euros procedentes de los Fondos sin personalidad jurídica gestionados por la CEICE y veinticinco millones de euros del Programa para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial de Andalucía para financiar los proyectos de las personas emprendedoras jóvenes y facilitar su acceso al crédito con objeto de fomentar la creación de empleo.
                    2. Se amplía el ámbito de aplicación de la bonificación de tipos de interés destinada a la disminución de los intereses generados por los préstamos suscritos con entidades financieras para financiar el proyecto, a los préstamos que concierten los jóvenes emprendedores menores de treinta y cinco años en el marco de los Fondos sin personalidad jurídica.
                    3. Serán financiables, en las condiciones anteriormente descritas los siguientes tipos de proyectos:
                    a) Proyectos de origen universitario, entendiendo como tales aquellos proyectos que surgen en el ámbito universitario.
                    b) Proyectos del ámbito innovador, que serán aquellos creados a partir de la innovación en productos, procesos, nuevos métodos de comercialización o nuevos métodos organizativos.
                    c) Proyectos del ámbito tecnológico, entendidos como tales los que tengan como fin explotar nuevos productos y/o servicios a partir de resultados de la investigación científica y tecnológica, con capacidad para generar y transferir tecnología, siendo ésta la base de su ventaja competitiva y de su actividad empresarial.
                    d) Proyectos del ámbito de la economía social, son proyectos que contribuyan de manera especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental.
                    e) Proyectos del ámbito de profesionales autónomos, con la finalidad de facilitar financiación para la actividad económica de los profesionales autónomos.
                    f) Proyectos que sean spin
                    off empresariales, entendiendo como tales aquellos nacidos a partir de otra empresa anterior mediante la separación de una división subsidiaria o departamento de la empresa para convertirse en una empresa por sí misma. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
                    Del 01/06/2013 al 01/07/2013